¿Problemas con la TV por cable?

Esta vez vamos con la TV por cable, los derechos son un poco similares a Internet. 




¿Qué puedo hacer si aumenta el abono?
En el contrato debe estar previsto el precio. Si se contrata con base en ofertas o promociones, el precio debe mantenerse durante el tiempo prometido. Asimismo, cabe destacar que los aumentos que puede sufrir el servicio deben ser informados como cualquier cambio contractual (Resolución SCDyDC N°53/2003 sobre Cláusulas Abusivas y artículo 19 de la Ley 24.240).

¿Cuando pido la baja estoy obligado a pagar todo lo que resta de contrato?
En el caso de contratar un servicio con una condición de permanencia mínima, el consumidor debe pagar un cargo para la rescisión anticipada del contrato siempre y cuando esta condición esté estipulada en el mismo (Resolución SCDyDC N°53/2003 sobre Cláusulas Abusivas y artículo 19 de la Ley 24.240).

¿Qué hago si cambia la tecnología?
Respecto al cambio de tecnología, este debe ser informado al usuario en un plazo razonable, y el consumidor tiene la facultad de rescindir el contrato sin cargo alguno si no acepta las nuevas condiciones (Resolución SCDyDC Nº53/2003 sobre Cláusulas Abusivas).