Vamos a explicarles un poco conceptos como el de cinemómetro, y qué hacer con respecto a las infracciones de tránsito correspondientes a exceso de velocidad.
¿Qué es un cinemómetro?
Un cinemómetro es un dispositivo diseñado para medir en tiempo real, la velocidad de un móvil. La aplicación más corriente es la determinación de las velocidades que presentan los vehículos del tráfico rodado con objeto de controlar y supervisar los límites vigentes en los distintos países.
Me labraron una infracción por exceso de velocidad mediante un instrumento de medición conocido como “radar” ¿Corresponde pagarla?
Los excesos de velocidad son medidos a través de cinemómetros que deben estar habilitados. Para saber si un cinemómetro está habilitado usted puede hacer la consulta en el Área de Metrología Legal. Para ello se recomienda tener a mano el acta, ya que en ella consta la fecha, la hora y la marca, modelo y número de serie del cinemómetro. De no tener estos datos, consulte con un abogado, ya que el acta puede carecer de asidero legal.
Otras infracciones como cruces en rojo, sobrepaso indebido, utilización de banquinas o no uso de luces bajas no se encuentran bajo la órbita de Metrología Legal, ya que para determinar dichas infracciones no se utiliza un instrumento de medición.
¿Qué cinemómetro se encuentra habilitado? ¿Cómo y dónde puedo averiguarlo?
Un cinemómetro legalmente habilitado para realizar mediciones debe tener el modelo aprobado y poseer su verificación primitiva. Al cumplirse cierto plazo, se vence la verificación primitiva y debe realizar la verificación periódica.
Como la Secretaría de Comercio Interior tiene la facultad de emitir el certificado de verificación primitiva y el INTI el de verificación periódica, usted puede llamar (en ese orden) a ambos organismos para comprobar si el cinemómetro está habilitado. En el caso de una consulta formal deberá iniciarla ante la Secretaría de Comercio Interior.
¿Qué debo hacer en caso de que el cinemómetro con el que labraron el acta de infracción no esté habilitado?
Usted deberá iniciar un expediente en carácter de consulta acerca de la legalidad del cinemómetro dirigido al jefe del Area de Metrologia Legal, acompañando la nota con copia del acta de infracción. Esa copia deberá estar firmada por usted. Cuando presente la nota en Mesa General de Entradas, se sellará y le darán número de Expediente.
Ese mismo sello le permitirá a usted presentar una nota al juzgado de falta correspondiente, solicitando una postergación de los plazos de intimación, debido a que ha realizado una consulta en Metrología Legal y la misma puede demorar en ser contestada.
Por otro lado, usted deberá llamar semanalmente para consultar el estado de su trámite, debiendo retirar el mismo personalmente o con autorización expresa firmada por usted.
Ese mismo sello le permitirá a usted presentar una nota al juzgado de falta correspondiente, solicitando una postergación de los plazos de intimación, debido a que ha realizado una consulta en Metrología Legal y la misma puede demorar en ser contestada.
Por otro lado, usted deberá llamar semanalmente para consultar el estado de su trámite, debiendo retirar el mismo personalmente o con autorización expresa firmada por usted.